CAUSA CABALLERO BRIGADA III DÍA 7 – 20/4/21

CONTUNDENTE PEDIDO DE PENAS POR

PARTE DE LAS QUERELLAS Y FISCALÍA

En una jornada “recargada” con turno mañana y tarde fueron presentados los alegatos de las partes en el juicio oral denominado Caballero/Brigada III por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura en la ex Brigada de Investigaciones y U7/Alcaidía. Las querellas de las Secretarías de DDHH de Nación y provincia, y la Fiscalía federal solicitaron penas que van de 10, 15, 18 y 25 años de prisión según la cantidad de hechos y delitos específicos (privación ilegítima, desaparición forzada, tormentos, violación) de los 8 represores imputados. La defensa del Ministerio Público y particular alegaron en favor de la nulidad del proceso y absolución de la totalidad de los encausados. El tribunal que integran los jueces Rubén Quiñones, Luciano Lauría y José María Escobar Cuello dictará la sentencia viernes 30 a las 8 h.

Querellante Duílio Ramírez, fiscal Diego Vigay, defensor oficial Juan Manuel Costilla y presidente del tribunal juez Rubén Quiñones

POR GONZALO TORRES/ PRENSA CPM CHACO

La causa judicial Caballero/ Brigada III, séptimo proceso por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura en el Chaco, alcanzó ayer su etapa definitoria en su séptimo día de audiencia durante la mañana y tarde de este martes 20 de abril con la presentación de los alegatos de la parte acusadora y de la defensora.

La querella de la Secretaría de DDHH y Género, de la provincia de Chaco, y su par de Nación, representadas por los abogados Duilio Ramírez y Manuel Brest respectivamente, iniciaron la ronda de alegatos. Luego siguieron los fiscales Diego Vigay y Carlos Amad y por último, cerca de las 16.30 h, las defensas ejercidas por el dr. Juan Manuel Costilla (oficial) y Ricardo Osuna ( por Manader) completaron la etapa.

 A continuación, el listado de los pedidos de pena de las partes acusadoras;

César Pablo Casco (Servicio Penitenciario de U7): 10 años de prisión por considerarlo coautor de los delitos de tormento agravado psíquico y físico por la condición de detenido político de la víctima por un hecho.

Jorge Ibarra (Policía de Brigada de Investigaciones): 20 años de prisión por desaparición forzada en 4 hechos y privación ilegítima (1 hecho) y tormentos (1 hecho).

Francisco Álvarez (Servicio Penitenciario de Alcaidía) 18 años de prisión por tormentos en 8 hechos (y la absolución en 4 hechos de desaparición forzada)

Gabino Manader (Policía de Brigada de Investigaciones) 25 años de prisión por tormentos (4 hechos), por privación ilegítima de la libertad ( 10 hechos), por violación (1 hecho) y por desaparición forzada (4 hechos)

José Rodríguez Valiente (Policía de Brigada de Investigaciones) : 25 años de prisión por tormentos (5 hechos), por privación ilegítima de la libertad ( 5  hechos), por violación (1 hecho) y por desaparición forzada (4 hechos)

Luis Alberto Patetta (Ejército)  15 años de prisión por tormentos y privación ilegítima de libertad (2 hechos) y violación de domicilio (1hecho)

José Tadeo Bettolli (Ejército) 15 años de prisión por tormentos y privación ilegítima de libertad (2 hechos), y 3 hechos de privación ilegítima de libertad.

José Marín (Policía de Brigada de Investigaciones) 25 años de prisión por tormentos y desaparición forzada en 4 hechos y tormentos (1 hecho).

En todos los casos la pena solicitada tuvo en cuenta que al momento de la comisión de los hechos el máximo de pena temporal para la pena privativa de libertad en el concurso de delitos era de 25 años (aplic. Ley más benigna).

Como era de esperarse las defensas alegaron en favor de la nulidad del proceso y absolución de la totalidad de los encausados. Completada la instancia, el presidente del tribunal Rubén Quiñones informó que la causa pasa a cuarto intermedio hasta el viernes 30, oportunidad en la cual se dará a conocer la sentencia.

El juicio abarca las denuncias de 33 sobrevivientes bajo prisión por razones políticas entre 1974 y 1979, en el marco de operativos de represión ilegal por fuerzas conjuntas – Ejército y la Policía del Chaco-, cuyas víctimas luego sufrieron todo tipo de tormentos en el Centro Clandestino de la Brigada de Investigaciones, actual Casa por la Memoria; el centro neurálgico del terrorismo de Estado en el NEA.

Como durante todo el juicio oral desde sus inicios el lunes 12, la audiencia se desarrolló en modo remoto por videoconferencia en atención a los protocolos sanitarios vigentes por la emergencia de coronavirus. Para seguir los juicios por videoconferencia se debe ingresar al sitio de Facebook de HIJOS CHACO (HIJOS Chaco) o de la CPM Chaco CasaporlaMemoria Chaco, https://www.facebook.com/cpmchaco.

ALEGATO QUERELLANTE

Riguroso y contundente, el abogado Duilio Ramírez desarrolló la  materialidad de los hechos y de la prueba. “Está reconocido por fallos anteriores y firmes que la Brigada de Investigaciones funcionó como centro clandestino del Terrorismo de Estado. Este proceso es el juicio de lesa con mayor cantidad de víctimas 33” afirmó. Luego describió puntualmente cada uno de los testimonios sobre los que se basan las imputaciones, en el marco de lo cual graficó la medida en la que aumenta la gravedad del injusto legal; primero con el el secuestro y tortura de “ablande”,  saqueo de viviendas, y luego castigos más violentos ( tortura con picana, simulacro de fusilamiento) y cautiverio en condiciones degradantes.

“¿Cómo se puede elevar aún más el nivel del injusto legal?; Tenemos entonces el caso de Diego Romero, es decir, secuestrando a un niño de 6 meses”. Y de allí a la denuncia por violación. “Subimos un nuevo escalón en el injusto” remarcó.

También se refirió a las indagatorias de imputados: “De ningún modo lograron conmover con sus argumentos todo el cúmulo de información veraz recolectada tanto en las audiencias como en toda la causa. Este grupo de 33 víctimas fueron inmersas en una especie de tren de terror. Los imputados fueron parte de la tripulación de ese tren de terror. Dice un imputado que él no guardaba presos. Puede ser, pero estas personas no eran presos, eran secuestrados, víctimas de tortura y de estas personas que ejercían ese macabro rol”.

Manuel Brest, de la Secretaría de DDHH de Nación completó el alegato querellante con el pedido de pena y la indicación de los tipos penales, “hechos desplegados en el marco de un mecanismo estatal, un organismo complejo en el que no actuaban en soledad”. Dio por acreditado que “todos obedecían un plan que hacían propio, que conocían y compartían, y por tal motivo hacían suyo”, y que por ello todos revisten la calidad de coautores. Además manifestó que “sobran las pruebas para acreditar que durante el terrorismo de Estado era frecuente en la Brigada de Investigaciones la comisión de delitos de índole sexual”. 

ALEGATO FISCAL

El alegato acusador del Ministerio Público se repartió primero con la intervención del fiscal Diego Vigay que realizó el análisis y valoración de prueba y su par Carlos Amad quien realizó el pedido y cuantificación de penas.

Vigay alegó que “la reconstrucción de los hechos se centra en el testimonio de las víctimas, con un plexo probatorio que incluye documentales e instrumentales y el cotejo con otros testimonios de víctimas”. Precisó que cada declaración en debate de los sobrevivientes, “de modo sólido y preciso se reconstruyó cada secuestro,  heridas sufridas y captores” . Todo esto reconstruye la sistemática de las sesiones de tortura para obtener declaraciones”.

Sobre los casos de desapariciones forzadas de militantes del Partido Revolcionario de los Trabajadores, José Oviedo, Abel Arce, Enzo Lauroni y  Monica Almirón , Vigay destacó que no es casual que no haya constancia de su detención, que todos hayan militado en el mismo espacio político y tengan idéntico destino final.  “Hubo una decisión de destino final en el marco de una postura a nivel nacional para el  exterminio de militantes del PRT. Existe un indicio muy fuerte de un viaje de Bettolli a Campo de Mayo en el cual se habría tomado esta resolución” subrayó.

Luego de plantear que todo indica que las víctimas de desaparición habrían sido arrojados al río Paraná Vigay comentó el trabajo realizado por la Unidad de Búsqueda en la provincia de Corrientes y los casos de varios fusilados en la Masacre cuyos restos fueron hallados en el cementerio de Empedrado como nn.

Sería importante que se destaque como forma de reconstrucción de la verdad histórica que el último lugar en el que fueron vistos con vida fue la Brigada de Investigaciones. Creemos que varios de los imputados pueden tener información sobre esto. Sería importante que, así como lo pidieron familiares, aporten dantos en ese sentido” dijo. Respecto del contexto histórico del plan sistemático de exterminio y su funcionamiento se remitió a las sentencias de las causas Caballero I, Causa Masacre de Margarita Belén I y por complicidad civil.

Carlos Amad culminó el alegato con el pedido de penas, en sintonía con lo expuesto por las querellas. “Las figuras de privación ilegítima son agravadas porque naturalmente como era en esa época todo se hacía por fuera del marco del derecho y de la ley y las víctimas eran sometidas a interrogatorios brutales según la escuela francesa” sostuvo.También recalcó la responsabilidad de Gabino Manader como autor de una violación contra una detenida política con la instigación de José Rodríguez Valiente.

La extensión del alegato fiscal generó un breve cruce con el presidente Rubén Quiñones pero el contrapunto no pasó a mayores. Por otra parte, los fiscales reconocieron al tribunal por el trato empático y respetuoso a los sobrevivientes y familiares que testimoniaron, papel en el cual el juez Quiñones tuvo un rol protagónico, así como también el desarrollo expeditivo del juicio oral, sujeto a los percances propios de la modalidad remota.

ALEGATO DEFENSOR

“Luego de escuchar por 5 horas lo primero que voy a advertir es que estoy por todos los imputados excepto Manader” comenzó su alocución el defensor oficial Juan Manuel Costilla, un histórico en este tipo de procesos, nobleza obliga, caracterizado por un desempeño respetuoso de los y las sobrevivientes. Costilla aseveró que la presente “es una causa en la que está ampliamente violada la garantía de ser juzgado en un plazo razonable” y realizó una distinción entre la imprescriptibilidad de los hechos. Por ello solicitó para los casos de Ibarra y Casco que de ser condenados se compute por cumplida la pena por el tiempo que llevan detenidos.

Sobre el “destino final” opinó que “se pide una definición histórica, aunque no sepamos quienes son los responsables”. Además, apuntó que “no hay ninguna prueba que demuestre que mis defendidos son autores del hecho”. En líneas generales se manifestó Ricardo Osuna, en defensa de Gabino Manader, por lejos el destinatario de la mayor cantidad de denuncias por torturas y vejámenes en la Brigada.

Al cierre del alegato defensor, el fiscal Carlos Amad en ejercicio de su derecho a réplica manifestó que desde la defensa se “pide una prueba imposible” y que las caracterizaciones de los imputados han quedado plenamente probadas. Del mismo modo descartó la posibilidad de pericias médicas de las torturas cuando el mismo médico forense interviniente en los hechos

Así las cosas, la última palabra en esta causa será pronunciada por el tribunal dentro de 10 días, el viernes 30 desde las 8 h,  en la que será la séptima sentencia por crímenes de lesa humanidad en Chaco.

PRENSA CPM CHACO / 20/4/21